Si gestionas un alojamiento turístico en España, es probable que hayas escuchado hablar de las multas por no registrar viajeros. Este artículo te explica, con cifras oficiales y sin alarmismos, cuáles son los importes reales de las sanciones, en qué casos se aplican y cómo evitar problemas con la normativa.
⚖️ Importante: información oficial
Los importes y datos de este artículo están basados en el Real Decreto 933/2021 y la Ley Orgánica 4/2015 de Protección de la Seguridad Ciudadana. Esta es la normativa vigente en España a fecha de enero de 2026.
¿Por qué es obligatorio registrar a los viajeros?
Desde el 2 de diciembre de 2021, todos los establecimientos de hospedaje en España —incluidos hostales, hoteles, apartamentos turísticos y viviendas vacacionales— están obligados a:
- Registrar los datos de todos los huéspedes (tanto nacionales como extranjeros).
- Enviar estos datos al Ministerio del Interior en un plazo máximo de 24 horas desde la entrada del viajero.
- Enviar dos documentos: el Parte de Entrada de Viajeros (PV) y la Reserva de Hospedaje (RH).
Esta obligación no es nueva: ya existía desde hace décadas. Lo que cambió con el RD 933/2021 fue la modernización del sistema y la ampliación de los datos requeridos.
Importes oficiales de las multas
Las sanciones por incumplir la normativa de registro de viajeros están tipificadas en la Ley Orgánica 4/2015 de Protección de la Seguridad Ciudadana. Las multas se clasifican en tres niveles:
💰 Tabla de sanciones (importes oficiales)
- Infracciones leves: De 100 € a 600 €
- Infracciones graves: De 601 € a 30.000 €
- Infracciones muy graves: De 30.001 € a 600.000 €
Importante: La mayoría de infracciones por parte de pequeños propietarios o gestores se consideran leves o graves, dependiendo de la gravedad del incumplimiento, la reiteración y las circunstancias concretas.
¿Qué se considera infracción leve?
Según la normativa, son infracciones leves aquellas relacionadas con:
- Enviar los datos fuera del plazo de 24 horas, pero hacerlo de forma voluntaria y sin requerimiento previo.
- Errores menores en los datos enviados que se subsanan de inmediato.
- Incumplimientos puntuales sin reincidencia.
Rango de multa: Entre 100 € y 600 €.
¿Qué se considera infracción grave?
Son infracciones graves:
- No enviar el parte de viajeros después de haber sido requerido por las autoridades.
- Enviar datos incompletos o incorrectos de forma reiterada.
- No tener un sistema operativo para el registro de huéspedes.
- Reincidencia en infracciones leves.
Rango de multa: Entre 601 € y 30.000 €. El importe concreto depende de factores como la reincidencia, el número de viajeros afectados y la intencionalidad.
¿Qué se considera infracción muy grave?
Las infracciones muy graves están reservadas para casos extremos relacionados con:
- Falsificación deliberada de datos de huéspedes.
- Obstrucción a las autoridades en la investigación de incumplimientos.
- Reincidencia grave y sistemática en infracciones graves.
Rango de multa: Entre 30.001 € y 600.000 €. Estas sanciones son poco frecuentes para pequeños alojamientos y suelen aplicarse en casos de fraude grave o actividades ilegales.
Casos comunes de incumplimiento
1. Olvidarse de enviar el parte de un huésped
Situación: Un propietario olvida enviar el parte de viajeros de un huésped porque estaba de viaje o no revisó el sistema a tiempo.
Consecuencia: Si las autoridades detectan el incumplimiento y no hay reincidencia, lo más habitual es que se imponga una sanción leve (entre 100 € y 600 €), siempre que el parte se envíe voluntariamente tras el aviso.
2. Enviar datos incompletos
Situación: Un gestor envía el parte de viajeros pero omite el número de documento de identidad o la fecha de nacimiento.
Consecuencia: Si es un error puntual, puede subsanarse sin sanción. Si es reiterado o no se corrige tras un requerimiento, puede considerarse infracción grave (de 601 € a 30.000 €).
3. No tener ningún sistema de registro
Situación: Un propietario alquila su apartamento sin saber que debe enviar los datos de los huéspedes al Ministerio del Interior. Durante una inspección, se detecta que nunca ha enviado ningún parte.
Consecuencia: Dependiendo del número de huéspedes afectados y el tiempo transcurrido, puede considerarse infracción grave. La multa puede situarse entre 601 € y 10.000 € para casos de varios huéspedes sin registrar.
4. Retrasos sistemáticos en el envío
Situación: Un hostal envía siempre los partes de viajeros, pero lo hace con 2 o 3 días de retraso de forma habitual.
Consecuencia: Si hay avisos previos y no se corrige, puede considerarse infracción grave por reincidencia. La sanción puede oscilar entre 600 € y 3.000 €.
¿Cómo se determinan los importes concretos?
Dentro de cada rango, la autoridad competente (normalmente la Subdelegación del Gobierno de cada provincia) valora varios factores para determinar la cuantía exacta de la multa:
- Gravedad del incumplimiento: ¿Cuántos huéspedes no fueron registrados? ¿Durante cuánto tiempo?
- Reincidencia: ¿Es la primera vez o ya ha habido sanciones previas?
- Intencionalidad: ¿Fue un olvido o hubo ocultación deliberada?
- Colaboración: ¿El responsable subsanó voluntariamente el error o fue necesario un requerimiento?
- Número de huéspedes afectados: No enviar un parte es menos grave que no enviar ninguno durante meses.
Buenas prácticas para evitar multas
La mejor forma de evitar sanciones es cumplir con la normativa desde el primer momento. Estas son las principales recomendaciones:
- Automatiza el proceso: Usa un software o sistema que te permita registrar a los huéspedes y enviar los partes automáticamente al SES.
- Guarda un registro propio: Además de enviar los datos al Ministerio, conserva una copia para posibles requerimientos.
- Revisa los datos antes de enviar: Asegúrate de que todos los campos obligatorios están completos y correctos.
- Envía el parte en las primeras 24 horas: No lo dejes para el último momento. Cuanto antes lo envíes, menos riesgo de olvidos.
- Si cometes un error, subsánalo de inmediato: Si detectas que olvidaste enviar un parte o que enviaste datos incorrectos, corrígelo cuanto antes, incluso antes de recibir ningún requerimiento.
✅ Checklist preventivo
- ✔️ Tengo un sistema para registrar a los huéspedes.
- ✔️ Envío el parte de viajeros en las primeras 24 horas.
- ✔️ Verifico que todos los datos estén completos y correctos.
- ✔️ Guardo un registro de los partes enviados.
- ✔️ Conozco la normativa aplicable (RD 933/2021).
Conclusión
Las multas por no registrar viajeros en España son reales, pero no deben ser motivo de alarma si cumples con tus obligaciones. La mayoría de sanciones a pequeños propietarios se deben a errores u olvidos puntuales, que pueden evitarse con un sistema adecuado y un poco de organización.
Recuerda: La normativa existe para garantizar la seguridad ciudadana y el control de la ocupación turística, no para perjudicar a los propietarios. Cumplir con ella es más sencillo de lo que parece si utilizas las herramientas adecuadas.